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CAPÍTULO I – Disposiciones generales
Artículo 1.- Se constituye la Asociación de Madres/Padres de Alumnos/as denominada ASOCIACIÓN DE MADRES/PADRES DE ALUMNOS COLEGIO TOMÁS DE MONTAÑANA acogida a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Decreto de Asociaciones y al amparo de los dispuesto en el Artículo 22 de la Constitución, careciendo de ánimo de lucro.
Artículo 2.- La Asociación tiene personalidad jurídica propia y capacidad plena de obrar para administrar y disponer de sus bienes y cumplir los fines que se propone.
Artículo 3.- El ámbito de la Asociación es local y su domicilio social se fija en el Centro, sito en C/ Padre Tomás de Montañana número S/N de la localidad de VALENCIA, código postal 46023.